Ley Comun & Sentido Comun

Bufete del Abogado Ernesto J. de la Fe, P.A.

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Conozcamos la Ley de la Bancarrota

Mayo, 1995

     
Frecuentemente muchos de mis clientes me hacen preguntas relacionas con la bancarrota. Aunque yo no atiendo ese tipo de caso, la bancarrota es una area de la ley que nos afecta a todos tarde o temprano. Ya sea que uno de nuestros deudores se acoja a la ley o que seamos nosotros los que tengamos que recurrir a la protección de la misma, todos debemos conocer este importante aspecto de la ley. La abogada Margarita Bouza, Esq., quien ejerce en esa rama de la ley, ha compartido conmigo el siguiente resumen para que yo se los haga llegar a ustedes:

     
Basicamente, hay cuatro capítulos o procesos de bancarrota bajo cuales la ley Federal (Ley de los Estados Unidos) le da a una persona la oportunidad de liberarse de sus deudas, o de posponer el pago de las mismas de acuerdo con un plan de pagos.

1. Capítulo 7 - Liquidación:

     
El Capítulo 7 existe para proteger a los deudores que se encuentren en dificultad financiera sin capacidad de pagar sus deudas existentes.

     
En estos casos un "trustee" (o fideicomisario) toma posesión de las propiedades del duedor. El deudor puede reclamar algunas de ellas como exentas bajo la ley. El trustee después liquida las propiedades y usa los fondos para pagarle a los acreedores de acuerdo con ciertas prioridades establecidas bajo la ley.

     
El propósito de dicho proceso es liberar al deudor de todas sus deudas existentes. A pesar de esto, si la corte determina que el deudor es culpable de conducta impropia, le puede denegar la liberación al deudor, anulándole la petición.

     
La ley, sin embargo, no permite que el deudor se libere de ciertas deudas tales como algunos impuestos, préstamos estudiantiles, alimentación y manutención por divorcio, deudas que se hayan incurrido de manera fradulenta, deudas por heridas causadas a proposito o maliciosamente, o deudas que surjan de sentencia por conducir bajo estado de embriaguez (DUI).

     
En ciertas circunstancias, el deudor se puede quedar con algunos objetos que haya comprado sujetos a una hipoteca.

2. Capítulo 11 - Reorganización:

     
El Capítulo 11 se ha diseñado principalmente para la reorganización de negocios, pero también se puede utilizar por individuos. Este capítulo es bastante complicado y cualquier decisión de presentar petición bajo el mismo debe tomarse en consulta con un abogado conocedor de la materia.

3. Capítulo 13 - Pago de Toda o Parte de las Deudas de un Individuo con Ingresos Pagaderos en Períodos Regulares:

     
El Capítulo 13 fue diseñado para individuos que reciben ingresos pagaderos en períodos regulares, y que momentaneamente han sufrido dificultades en pagar sus deudas, pero desean pagarlas a través del tiempo. La ley limita el tamaño de la deuda por cual uno puede acojerse al Capítulo 13.

     
Al deudor se le obliga presentar un "plan" a la corte, cual plan debe mostrar como se le va a pagar toda o parte de las deudas a los acreedores utilizando los ingresos futuros del deudor. Normalmente se permiten 3 años para pagar las deudas, pero nunca más de 5. El plan tiene que recibir la aprobación de la corte antes de entrar en vigor.

     
Al deudor se le da la oportunidad de quedarse con toda su propriedad, la exenta tanto como la no-exenta, siempre y cuando continue haciendo sus pagos bajo el plan.

     
Después de completar sus pagos, el deudor queda liberado de sus deudas, con excepción de las que hayan sido incurridas por manutención y alimentación, ciertos impuestos que se hayan debido durante menos de 3 años, y deudas hipotecadas a largo plazo.

4. Capítulo 12 - Agricultor Familiar:

     
No creo que tenga clientes ni amigos que caigan en esta categoría, por lo tanto, vamos a olvidarnos de esta parte.

     
Si usted tiene alguna pregunta con respecto a la bancarrota llámeme, con mucho gusto lo pondré en contacto con la Dra. Bouza.

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