Ley Comun & Sentido Comun

Bufete del Abogado Ernesto J. de la Fé, P.A.

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Si Usted ha Estado Bebiendo

Aléjese de su Auto

Febrero, 1995

     
Un hombre sale de una fiesta, y se da cuenta que está demasiado borracho para manejar hacia su casa. Decide acostarse a dormir en el asiento trasero del carro hasta que se le quite la borrachera. Todo el tiempo mantiene sus las llaves en el bolsillo. ¿Ha tomado medidas inteligentes nuestro amigo? Usted puede creer que si, porque el hombre decidió no correr el riesgo de involucrarse en un choque, posiblemente causándole la muerte a inocentes o a si mismo. Pero la ley de la Florida lo ve diferente. Es muy probable que a este señor se lo lleven preso por DUI (manejar bajo estado de embriaguez), al igual que si lo hubiesen capturado corriendo por la US-1.

     
La ley de la Florida dice que uno es culpable de DUI si lo capturan manejando o en control físico y efectivo de un automóvil, bajo la influencia de alcohol o de una substancia controlada. Repetídamente las cortes han fallado que la cláusula de en control físico y efectivo se extiende a todas esas personas que se encuentren solas en sus vehículos, sin importar que el carro no haya estado moviéndose; sin importar que el motor no haya estado prendido; sin importar donde estén las llaves; y sin importar que la persona se haya encontrado dormida.

     
A pesar de que usted no crea que es correcto tratar igual a una persona que se ha dado cuenta del peligro que representa manejar borracho, a uno que ignoró ese peligro, esa falta de distinción es pan de cada dí. Las cortes de la Florida se encuentran llenas de casos semejantes. Y aunque usted crea que el deber de un policía de servir y proteger se cumple mejor con llamarle un taxi a la persona, o con llevarla a la casa, la realidad es que muchos oficiales van a aprovechar la situación para hacer un arresto facil. DUI es un CRIMEN, y hoy en dí es una equivocació que no se perdona.

     
Esa equivocación conducirá a una persona decente a entrar por un sendero sin fin de gastos monetarios, gasto de tiempo, frustración, limitación de libertad, desprecio, y maltrato. Al ser condenado del delito, los cargos Mínimos Obligatorios por Primera Condena incluyen: la suspensión de su licencia de conducir, probatoria, escuelita de DUI, trabajo de servicio comunitario, multas, contribuciones a ciertos fondos, gastos de la corte, y muchos otros gastos significantes que no se ven a plena vista hasta que uno no los tenga arriba, sin mencionar los aumentos en el costo de sus seguros de auto.

     
Un arresto de esta naturaleza también causará efectos sicológicos a largo plazo sobre usted. Má nunca verá la ley de la misma manera. Hasta puede llegar a sentir desprecio por la policía.

     
Siempre evite esta situación. No basta evitar manejar o conducir borracho. Si usted bebe, debe evitar todo contacto con su automóvil. Pídale a una persona que no haya bebido que lo lleve a la casa. Llame un taxi. El gasto y la inconveniencia de tener que regresar a buscar su auto valdrá la pena. Hasta si le roban el coche tendrá menos problemas en sus manos que si escoge la alternativa de conducir o de quedarse en control de un vehículo.

     
Por favor, maneje con cuidado, sea inteligente y aléjese del automóvil cuando haya bebido. Ojalá que usted nunca necesite nuestros servicios al respecto, pero si conoce a alguna persona a quien podremos ayudar, déjenselo saber.

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